Inteligencia para decidir
Viernes, 9 de octubre de 2026 · Santo Domingo
Inteligencia para decidir
Lo que pasó: El Reglamento de Protección al Usuario de los Productos y Servicios Financieros entró en vigor el lunes 12 de octubre, según una nota de la Superintendencia de Bancos (SB) citada por Diario Libre y Hoy. Entre otros cambios, amplía de 60 a 90 días calendario el plazo para presentar reclamos ante la SB.
Por qué importa: La norma traslada a las entidades financieras obligaciones concretas frente a sus clientes: deberán evaluar la capacidad financiera del usuario antes de conceder un crédito o aumentar un límite, y no podrán hacer débitos sin autorización.
El contexto: El reglamento establece un período de reflexión mínimo de 24 horas antes de formalizar determinadas contrataciones, una hoja resumen obligatoria y contratos de adhesión estandarizados. También incluye los servicios digitales y reconoce al usuario como titular de sus datos.
El número: 1 año: plazo máximo de adecuación que la SB puede conceder a las entidades que lo soliciten, según el artículo 141.
A quién impacta:
Sí, pero: La adecuación no es automática: las entidades que la necesiten deben solicitarla a la SB, por un plazo de hasta un año, y la solicitud no suspende las demás disposiciones del reglamento.
Qué vigilar: Las solicitudes de adecuación y las primeras actuaciones de supervisión de la SB bajo la nueva norma.
La conclusión: Las nuevas reglas de protección al usuario ya son exigibles y obligan a las entidades a revisar cómo ofrecen, contratan y cobran sus productos.
Redacción EL EJECUTIVO
Fuente: Superintendencia de Bancos, nota citada por Diario Libre (12 de octubre) y Hoy (13 de octubre de 2026).
Firma Ejecutiva
Artículos de opinión de líderes de los sectores económico, empresarial e institucional del país.
El Informe Ejecutivo
Una síntesis para leer antes de la primera reunión del día.